Por el Prof. Núñez, Darío Andrés
Integrante de la Asociación Belgraniana de Goya – Miembro de Número del Instituto de Investigaciones Históricas y Culturales de Corrientes.
En 1810, en el marco de la Expedición al Paraguay, el General Manuel Belgrano demostró su carácter civilizador y su convicción al querer construir los cimientos de la Patria.
El 30 de diciembre redactó el “Reglamento para el régimen político y administrativo y Reforma de los 30 Pueblos de las Misiones”, en Tacuarí. Este documento fue adelantado para su época, a tal punto que el propio Juan Bautista Alberdi lo incorporó en su obra “Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina” (1852).
Asimismo, demostró su preocupación por los pueblos originarios, dejando un testimonio del pésimo trato hacia ellos. Al respecto, en la introducción expresó “que hasta ahora se ha tenido a los desgraciados naturales bajo el yugo del fierro, tratándolos peor que a las bestias de carga, hasta llevarlos al sepulcro entre los horrores de la miseria e infelicidad, que yo mismo estoy palpando con ver su desnudez, sus lívidos aspectos, y los ningunos recursos que les han dejado para subsistir”.
Sobre el Reglamento para el régimen político y administrativo y Reforma de los 30 Pueblos de las Misiones
Este notable documento consta de treinta artículos en los cuales estableció la libertad de los naturales con el gozo y disposición de propiedades, reparto de tierras, igualdad absoluta entre ellos y los criollos, derecho a ocupar cualquier empleo o cargo (militar o eclesiástico), suspensión del tributo por una década para que pudieran producir y vivir dignamente.
También, se ocupó de la educación, aspecto que era la base del desarrollo social y económico de la patria y que lo preocupaba, ya desde su anterior cargo de Secretario del Consulado. En este sentido, ordenó la creación de escuelas gratuitas de primeras letras, artes y oficios, provisión de semillas, elementos de labranza y, además, fomentó el comercio de los productos de las comunidades.
Por otro lado, fijó protecciones a los naturales penando a quienes los estafaban con la pérdida de sus bienes. Esa expropiación sería remitida a un fondo destinado a la construcción y mantenimiento de escuelas. Además, se daría pena de muerte a quienes aplicaren castigos corporales a los nativos. Asimismo, cabe destacar que les brindó una entidad política ya que en el artículo 23° les permitió la elección de un diputado para que asista al Congreso Nacional.
Es menester resaltar que el Reglamento muestra la conciencia ecológica de Belgrano, ya que prohibió talar árboles y el que lo hiciese debía pagar diez pesos por cada uno. Sin dudas, fue un pionero en el cuidado del medio ambiente.
Para finalizar, cabe mencionar que cuando se remitió el documento original a la Junta Grande, la misma no lo aprobó a pesar de ser una obra humanitaria y visionaria.
Debemos tomar real dimensión de lo significativo que fue el «Reglamento para el régimen político y administrativo y Reforma de los 30 Pueblos de las Misiones”. Claramente, Belgrano era la máxima autoridad en ese lugar, además de ocupar el cargo de General en Jefe de las fuerzas patriotas, era Vocal de la Junta.
Un Comentario
¡Excelente, Darío Andrés Núñez!